El exterior de una oficina de empleo en la Comunidad de Madrid.

El SEPE advierte: Los 9 motivos que te pueden hacer perder el paro

Estos son los nueve motivos que pueden ser causa de incompatibilidad con el cobro del paro

Los últimos datos del paro en España sitúan la tasa de desempleo en nuestro país en el 15,1 %. Las dificultades para encontrar trabajo son un obstáculo, pues, para millones de españoles en edad activa. Esto significa que son muchas las familias españolas que dependen del cobro del paro o del subsidio por desempleo de alguno de sus miembros.

La prestación contributiva y el subsidio por desempleo, las ayudas en España por estar en el paro

En concreto, las personas que se quedan sin empleo o a las que se les reduce la jornada laboral de un 10 a un 70 % pueden cobrar del paro. El único requisito para obtener la prestación contributiva es haber trabajado durante un periodo de un año. Si no alcanza este tiempo de un año, se tiene derecho a un subsidio por desempleo, cuya cuantía varía en función de los meses cotizados y de las cargas familiares.

En el caso de cobrar la prestación contributiva, durante el primer medio año se cobra el 70 % de la base reguladora. A partir de entonces, pasa a percibirse un 50 % de esta cantidad que ejerce como base imponible. Los subsidios por desempleo rondan los 400 euros, pero como decimos cambian en función de las condiciones.

Los nueve casos en los que el SEPE nos puede retirar estas ayudas

Sin embargo, debe quedar claro que estar en el paro no es el único requisito que nos permite cobrar las ayudas del SEPE. Hay ciertas situaciones que generan una incompatibilidad con la posibilidad de percibir estos pagos, con lo que el organismo puede quitarnos la prestación o el subsidio por desempleo. Este viernes, 20 de agosto, el diario As recoge cuáles son estas situaciones: las repasamos a continuación. 

1. Incompatibilidad con trabajar por cuenta ajena o propia a tiempo completo

En el caso de que una persona que esté cobrando del paro pase a ejercer trabajo retribuido a tiempo completo, pierde el derecho a prestación. Se trata de un supuesto obvio, que también se extiende a aquellos beneficiarios que empiecen a trabajar por cuenta propia, como autónomos.

2. No se puede cobrar paro si se hacen actividades de investigación

Otra situación menos obvia con la que entra en contradicción el cobro del paro es la de la realización de trabajos de investigación. En el caso de desarrollar estas actividades a tiempo completo y con retribución, se puede perder el derecho a la prestación o subsidio.

3. Casos de prácticas no laborales

La realización de prácticas no-laborales en empresas que queden fuera de los cauces académicos habituales es incompatible con cobrar del paro, según advierte el SEPE. La incompatibilidad se da si, para realizarlas, se debe estar inscrito en el Régimen General de la Seguridad Social.

4. La participación en programas de formación con contraprestación económica, incompatibles con el cobro del paro

Si participamos de programas de formación de estudios universitarios o de formación profesional que sean retribuidos, no podemos compatibilizarlos con la prestación de paro. En el caso de que así sea, el SEPE nos quitará la ayuda si lo detecta.

5. Cargos públicos o sindicales

Es incompatible cobrar del paro y, a la vez, desempeñar tareas de dedicación exclusiva como cargo público o sindical electo.

6. No se puede cobrar del paro cuando ya se cobran determinadas prestaciones de la Seguridad Social

Obviamente, también es incompatible el subsidio o la prestación con “las pensiones o prestaciones económicas de la Seguridad Social incompatibles con el trabajo”. Esto es, por ejemplo, pensiones por incapacidad en alguno de los grados establecidos.

7. Incompatibilidad con la percepción de pagos procedentes del sector público

"Cualquier otra situación que implique percepciones económicas públicas que sustituyan retribuciones dejadas de percibir por el cese en una actividad, manteniéndose un vínculo administrativo o laboral", también es incompatible con cobrar del SEPE.